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El próximo domingo, 23J se celebran elecciones generales, las decimosextas de la democracia. Desde USO resolvemos algunas de las dudas que te pueden surgir en el proceso electoral tanto si eres miembro de una de las mesas electorales como respecto a los permisos para votar el próximo 23J si tienes que trabajar.
Los colegios o locales electorales habilitados abrirán desde las 9:00 de la mañana hasta las 20:00 horas. En caso de haber sido designado como miembro de mesa electoral, deberás estar antes en el lugar de las votaciones para preparar todo.
USO ha enviado sendos escritos a los ministerios de Trabajo y Economía Social, e Igualdad, para aclarar solicitar una corrección en el conocido popularmente como el decreto de los “nuevos permisos”. Así, a través de sus secretarías de Acción Sindical y Empleo, y Políticas Sociales, Igualdad y Formación, USO ha registrado la petición de aclaración, interpretación o corrección del RD-ley 5/2023, de 28 de junio, que aprobaba o prorrogaba, entre otras medidas, nuevos permisos relacionados con la conciliación.
El texto, que modificaba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, pasó a dividir en dos subpuntos el artículo 37.3 b). En el nuevo redactado, pasa a dividirse la casuística en dos epígrafes, incluyendo un bis), como sigue:
b) Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.
b bis) Dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará en dos días.
El IPC de junio retorna al fin a unos valores soportables para la microeconomía, al situarse en el 1,9 %, pero con el precio de productos básicos, como los alimentos, subiendo aún un 10,3 %.
El IPC general no bajaba del 2 % desde marzo de 2021. Sin embargo, los precios aún tardarán en estabilizarse: la inflación subyacente se mantiene en valores desconocidos en la historia reciente, con una tasa del 5,9 %. Desde que, en febrero de 2022, sobrepasó el 3 %, la inflación estructural se ha estabilizado en torno al 6 %. Solo en el previo del estallido de la crisis de 2008 estuvo “alta” y ese “alta” eran índices superiores al 3 %.
“Esto implica que la economía familiar va a tardar aún en recuperarse. Llevamos mucha pérdida salarial acumulada y aún soportamos precios en productos básicos absolutamente escandalosos. Por ejemplo, en junio pagamos un 10,3 % más por la alimentación, cifras que no las soporta ninguna cartera media”, denuncia Joaquín Pérez, secretario general de USO.
Para obtener las ventajas y/o descuentos de algunas de estas promociones sólo tienes que enviar un email a promociones@uso.es, indicando tu nombre y apellidos y DNI (incluida la letra), para verificar tu afiliación.
Se aprueba la oferta de empleo público para 2023 en los términos que se establecen en este real decreto.
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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha reconocido como accidente laboral la caída sufrida por un trabajador interino del Gobierno regional mientras participaba en las oposiciones para la obtención de plaza fija.
En un principio, la mutua no quiso reconocer el incidente como accidente de trabajo. Esto motivó que el caso pasase a los tribunales. Así, el Juzgado de lo Social nº 5 de Santander dictaminó que la incapacidad temporal debía ser reconocida como accidente de trabajo. Para ello, basó su decisión en uno de los pilares básicos que deben existir para tener la consideración de accidente de trabajo: el nexo causal.
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