viernes, 19 de agosto de 2022

Curso Gratuito “Economía del Cuidado: Avanzando en Igualdad”


 


  • ¿Qué es la Economía del Cuidado?

Riesgos en personal sanitario: Trabajos de asistencia sanitaria


 Los trabajos relacionados con el sector sanitario, ya sea en hospitales, laboratorios, consultorios, etc, al no pertenecer a un sector industrial puramente dicho, puede parecer que no están sujetos a riesgos laborales significativos. Sin embargo, un análisis en profundidad realizado por los expertos en prevención desmiente de forma radical esa imagen de ‘actividad exenta de riesgos’ o de riesgos ‘light’.

Desde el punto de vista preventivo, en los centros sanitarios se dan dos tipos de riesgos laborales en función de su origen:

  • Riesgos asociados al lugar de trabajo originados por el estado material de la construcción, dependiente tanto de su diseño como de su instalación y mantenimiento.
  • Riesgos específicos originados por actividades, instalaciones y equipos propios del sector sanitario.

En cuanto a los primeros, riesgos propios de todo lugar de trabajo, tenemos que tener en cuenta que gran parte de la actividad sanitaria se realiza en edificios cerrados y frecuentemente con cierta complejidad estructural, tanto en dimensiones como en distribución. Además, los locales sanitarios, por su carácter de servicio a la sociedad, son lugares compartidos con el público (pacientes y familiares).

jueves, 18 de agosto de 2022

Boletín semanal Oferta de Empleo Público

 


USO - UNIÓN SINDICAL OBRERA
 
FEDERACIÓN ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA 
 

 

Boletín semanal Oferta de Empleo Público

 

 

Se adjunta en PDF el Boletín Semanal con la Oferta de Empleo Público correspondiente al periodo del 10 de agosto al 16 de agosto de 2022 , publicado por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública:

Semana del 17-08-2022 al 23-08-2022

miércoles, 17 de agosto de 2022

MASCARILLAS: NO ES LEGAL QUE LAS EMPRESAS OBLIGUEN A SU USO EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

 


MASCARILLAS: NO ES LEGAL QUE LAS EMPRESAS OBLIGUEN A SU USO EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

 Con la entrada en vigor del  Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 el uso de mascarilla en el entorno laboral solo será obligatorio en centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Se indica en la exposición de motivos del RD que “En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación.”

 

Esto implica que previa “evaluación del riesgo de exposición” los servicios de prevención podrán proponer las medidas preventivas que estimen, incluido el posible uso de mascarilla, pero dicha propuesta ha de hacerse “en consonancia con la información aportada por las Autoridades Sanitarias. Como así lo señala el Protocolo de Actuación de los Servicios de Prevención. Sin que quepan “iniciativas” propias no sustentadas en los criterios marcados por el Ministerio de Sanidad.

 

Los criterios médicos y epedimiológicos de las autoridades sanitarias han quedado plasmados en el documento “Recomendaciones sobre el uso de mascarillas en espacios interiores” elaborado por el Consejo Interterritorial de Salud del Ministerio de Sanidad. (https://www.sanidad.gob.es/en/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/documentos/19.04.2022_Mascarillas_interiores.pdf) que  es órgano encargado de elaborar los dictámenes en que se basan las decisiones políticas y legislativas sobre la materia. Este documento, para el ámbito laboral, aconseja el uso responsable de la mascarilla “…cuando el trabajo deba realizarse a distancia interpersonal de menos
de 1,5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada del
espacio
”*

(*de lo que se desprende que ya el uso de mascarilla no sería legalmente obligatorio ni en los ascensores)

BOC Nº 161. Martes 16 de agosto de 2022

 


BOC Nº 161. Martes 16 de agosto de 2022

Oposiciones y concursos

Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

viernes, 12 de agosto de 2022

BOC Nº 160. Viernes 12 de agosto de 2022

 


BOC Nº 160. Viernes 12 de agosto de 2022

Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

Oposiciones y concursos

Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos

No se recupera la negociación colectiva y la subida salarial es un cuarto del IPC

 

La firma de convenios no recupera los niveles previos a la pandemia y la subida salarial media pactada mediante negociación colectiva es la cuarta parte del IPC

La negociación de convenios colectivos sigue sin recuperarse con respecto al último año previo a la pandemia de covid-19. Hasta julio de 2022, se han firmado en España un total de 450 convenios colectivos. Esta cifra supone que la negociación colectiva sigue un cuarto por debajo de la actividad registrada antes de la pandemia. En el mes de julio, se habían firmado en los años previos a la pandemia 598 convenios en 2016; 617 en 2017; 635 en 2018; y 556 en 2019.

A pesar de que la cifra de convenios ya es mayor que en los peores años de pandemia (222 se habían firmado en 2020 y 305 en 2021), la negociación colectiva sigue sin recuperarse de la crisis sanitaria y sus efectos. Es más, en 2019, cuando la pandemia solo era una película de ciencia-ficción, ya había dado muestras de estancamiento. Había bajado con respecto a 2018, casi en 100 a estas alturas del año, como al final. Los 1.907 convenios firmados en 2018 fueron la cifra más alta desde 2016 hasta hoy. En 2019 ya bajaron hasta 1.725.

Los salarios suben menos de la cuarta parte del IPC

Boletín Semanal con la Oferta de Empleo Público correspondiente al periodo del 10 de agosto al 16 de agosto de 2022

 


USO - UNIÓN SINDICAL OBRERA
 
FEDERACIÓN ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA 
 

 

Boletín semanal Oferta de Empleo Público

 

 

Se adjunta en PDF el Boletín Semanal con la Oferta de Empleo Público correspondiente al periodo del 10 de agosto al 16 de agosto de 2022 , publicado por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública:

BOLETIN SEMANAL DEL 10 DE AGOSTO

miércoles, 10 de agosto de 2022

Publicado los días de fiestas de la Comunidad Autónoma de Canarias durante el 2023


 En concordancia con lo dispuesto en los artículos 45 y 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, vigentes, de conformidad con lo dispuesto en la disposición derogatoria única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, a propuesta de la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo, previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 30 de junio de 2022,

DISPONGO:

Artículo 1.- Fiestas de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2023.

1. En aplicación de la legislación del Estado, tendrán durante el año 2023 la consideración de días inhábiles a efectos laborales en la Comunidad Autónoma de Canarias, de carácter retribuido y no recuperable, todos los domingos del año y, asimismo, los siguientes días festivos:

  1.  6 de enero, Epifanía del Señor.
  2.  6 de abril, Jueves Santo.
  3.  7 de abril, Viernes Santo.
  4.  1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
  5.  30 de mayo, Día de Canarias.
  6.  15 de agosto, Asunción de la Virgen.
  7.  12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
  8.  1 de noviembre, Todos los Santos.
  9.  6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  10.  8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
  11.  25 de diciembre, Natividad del Señor.

2. En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes:

En El Hierro: el 25 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de Los Reyes.

En Fuerteventura: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña.

En Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino.

En La Gomera: el 9 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe.

En La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves. 

En Lanzarote y La Graciosa: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de Los Volcanes.

En Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria.

Artículo 2.- Fiestas de ámbito local.

1. Serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables en el año 2023, hasta dos días con carácter de fiestas locales, que por tradición sean propias en cada municipio, que se determinarán por la persona titular de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo a propuesta del Pleno de los Ayuntamientos respectivos, publicándose en el Boletín Oficial de Canarias.

2. Los Ayuntamientos deberán formular sus propuestas y remitirlas a la Dirección General de Trabajo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto.

Artículo 3.- Días inhábiles.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, serán días inhábiles, a los efectos del cómputo de plazos, en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, además de los sábados y domingos, las fiestas laborales de ámbito nacional y de esta Comunidad Autónoma, así como las de ámbito local señaladas en los artículos 1 y 2, respectivamente, del presente Decreto.

Disposición final segunda.- Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

BOC Nº 158. Miércoles 10 de agosto de 2022

 


BOC Nº 158. Miércoles 10 de agosto de 2022

Oposiciones y concursos

Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

BOE 10 de agosto


 Miércoles 10 de agosto


Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA - Nombramientos

 

Oposiciones y concursos

MINISTERIO DEL INTERIOR - Funcionarios de los Subgrupos A1, A2 y C1


*ENLACE A BOE COMPLETO

viernes, 5 de agosto de 2022

BOLETÍN SEMANAL DE EMPLEO PÚBLICO 03/08/2022

 


USO - UNIÓN SINDICAL OBRERA

 
FEDERACIÓN ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA 
 

 

Boletín semanal Oferta de Empleo Público

 

 

Se adjunta en PDF el Boletín Semanal con la Oferta de Empleo Público correspondiente al periodo del 3 de agosto al 9 de agosto de 2022 , publicado por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública:

https://administracion.gob.es/pag_Home/dam/pag/EmpleoBecas/Boletin-Convocatorias-Empleo-03Agosto.pdf

Resuelve tus dudas sobre: horas extras, incapacidad temporal, tipos de pensión y delegados de prevención


 En esta línea de publicaciones que desde la familia USO ponemos en marcha en los últimos meses para, de forma periódica, informarte de una serie de aspectos de máxima importancia en el aspecto laboral cotidiano, y siempre con la intención de ayudar a todas las personas a que conozcan bien los conceptos, Derechos, condiciones y otros asuntos del día a día de sus trabajos que han de conocer al detalle, hoy traemos un resumen de varias temáticas que, seguro, te resultarán de gran interés.

A continuación tienes los enlaces que te llevarán al desarrollo de publicaciones y/o vídeos cortos explicativos acerca de los siguientes temas:

Sentencia Supremo: compensación de cotización para madres en el subsidio por desempleo

 


USO analiza la sentencia del Tribunal Supremo que reconoce 112 de cotización adicionales para las madres también en el subsidio por desempleo para mayores de 52 años

USO analiza la sentencia del Tribunal Supremo que reconoce la compensación de 112 días cotizados adicionales por cada hijo para madres solicitantes del subsidio de desempleo para mayores de 52 años. La sentencia, dictada en unificación de doctrina, reconoce este derecho si la madre no estaba trabajando en el momento del nacimiento. Aunque el dictamen se refiere al subsidio para mayores de 55 años por el momento en el que se produjeron las demandas, el equivalente actual es el subsidio para mayores de 52.

Resumen de la sentencia