martes, 30 de octubre de 2012

SE ABRE LA VEDA A LOS DESPIDOS EN LAS AA.PP

El pasado 26 de octubre, el Consejo de Ministro dio luz verde al Reglamento de los Procedimientos de Despido Colectivo, Suspensión de Contratos y Reducción de Jornada.

La norma desarrolla lo establecido en la Ley del 6 de julio de 2012, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral y desarrolla los procedimientos que las empresas deben seguir para efectuar despidos colectivos, suspensiones de contratos y reducciones de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o causa de fuerza mayor.
En el mismo, y en relación al Sector público, se desarrolla la Disposición Adicional vigésima del Estatuto de los Trabajadores, que se incorporó con la reforma laboral y que podrá afectar gravemente al personal laboral del sector público.
  • En relación al personal que presta sus servicios en las Empresas del sector público, entidades o sociedades mercantiles en cuyo capital participe mayoritariamente el Estado, se les aplicarán las mismas causas y procedimientos que den lugar a despidos colectivos previstos con carácter general para las empresas del sector privado.
  • En el caso del personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, se regula, por primera vez en nuestra legislación laboral, un procedimiento específico para posibilitar los despidos masivos, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
A estos efectos se entenderá que concurren causas económicas cuando se produzca una situación de insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente para la financiación de los servicios públicos correspondientes.
Se entenderá que concurren causas técnicas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de la prestación del servicio público o actividad de interés general de que se trate.
Se entenderá que concurren causas organizativas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal adscrito al servicio público o actividad de interés general.
El texto pasa por alta muchas de las previsiones legales contenidas en el EBEP, y pretende extender su regulación sobre todas las Administraciones independientemente del marco legal aplicable en materia de función pública a cada una de ellas.
Este nuevo marco legal podría facilitar el despido de 700.000 personas en el conjunto de las AAPP, más otras 330.000 personas empleadas en empresas públicas, según los datos de la última EPA.



Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.