El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley por
el que más de 11,1 millones de pensiones
públicas se revalorizan el 0,9%, con efectos del 1 de enero de 2020. Este
incremento se aplica a las pensiones contributivas y no contributivas, así como
las de Clases Pasivas del Estado.
La
revalorización de pensiones beneficia a 9.801.016 pensiones contributivas y más
de 655.000 de clases pasivas (dato de noviembre).
Además verán incrementada su pensión 451.156 pensiones no contributivas y
195.000 hijos a cargo con discapacidad mayor o igual al 65%. El coste anual de
la medida es de 1.397 millones de euros.
Tras
la revalorización, la cuantía de las
pensiones queda de la siguiente manera:
Clase de pensión
|
Titulares
|
||||
Con cónyuge a cargo
– Euros/año |
Sin cónyuge: Unidad económica unipersonal
– Euros/año |
Con cónyuge no a cargo
– Euros/año |
|||
Jubilación
|
|
|
|
||
Titular con sesenta y cinco años.
|
11.807,60
|
9.569,00
|
9.081,80
|
||
Titular menor de sesenta y cinco años.
|
11.069,80
|
8.953,00
|
8.461,60
|
||
Titular con sesenta y cinco años procedente de gran
invalidez.
|
17.711,40
|
14.354,20
|
13.623,40
|
||
Incapacidad Permanente
|
|
|
|
||
Gran invalidez.
|
17.711,40
|
14.354,20
|
13.623,40
|
||
Absoluta.
|
11.807,60
|
9.569,00
|
9.081,80
|
||
Total: Titular con sesenta y cinco años.
|
11.807,60
|
9.569,00
|
9.081,80
|
||
Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro
años.
|
11.069,80
|
8.953,00
|
8.461,60
|
||
Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta
años.
|
7.054,60
|
7.054,60
|
6.993,00
|
||
Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular
con sesenta y cinco años.
|
11.807,60
|
9.569,00
|
9.081,80
|
||
Viudedad
|
|
|
|
||
Titular con cargas familiares.
|
–
|
11.069,80
|
–
|
||
Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en
grado igual o superior al 65 por 100.
|
–
|
9.569,00
|
–
|
||
Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años.
|
–
|
8.953,00
|
–
|
||
Titular con menos de sesenta años.
|
–
|
7.249,20
|
–
|
||
|
|
|
|
|
|
Clase de pensión
|
Euros/año
|
||||
Orfandad
|
|
||||
Por beneficiario.
|
2.924,60
|
||||
Por beneficiario menor de 18 años con discapacidad en
grado igual o superior al 65 por 100.
|
5.754,00
|
||||
En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en
7.249,20 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios.
|
|
||||
Prestación de orfandad
|
|
||||
Un beneficiario.
|
8.820,00
|
||||
Varios beneficiarios: a repartir entre número de
beneficiarios 100.
|
14.868,00
|
||||
Clase de pensión
|
Euros/año
|
||||
En favor de familiares
|
|
||||
Por beneficiario.
|
2.924,60
|
||||
Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:
|
|
||||
Un solo beneficiario con sesenta y cinco años.
|
7.067,20
|
||||
Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años.
|
6.661,20
|
||||
Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de
ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 4.324,60
euros/año entre el número de beneficiarios.
|
|
Clase de pensión
|
Importe
|
||
Con cónyuge a cargo
– Euros/año |
Sin cónyuge: unidad económica unipersonal
– Euros/año |
Con cónyuge no a cargo
– Euros/año |
|
Pensión de jubilación o retiro.
|
11.807,60
|
9.569,00
|
9.081,80
|
Pensión de viudedad.
|
9.569,00
|
||
Pensión familiar distinta de la de viudedad, siendo N el
número de beneficiarios de la pensión o pensiones*.
|
9.328,20
N |
Los atrasos correspondientes al mes de enero se incluirán en
la nómina de febrero.
ALZA 2% FUNCIONARIOS Y APLICACIÓN NUEVAS TABLAS SALARIALES IV
CONVENIO ÚNICO PERSONAL LABORAL
Con respecto al alza del salario del
personal funcionario del 2% para este año 2020, según palabras del presidente
del gobierno “TENEMOS 1.400 DÍAS POR DELANTE”.
Teniendo en cuenta que el personal laboral lleva esperando
242 días (tiempo que ha pasado desde la publicación en el BOE el 17/05/2019 del
IV Convenio Único) para que se apliquen las tablas salariales publicadas en el
IV Convenio Único de la AGE y todavía no se sabe cuándo se van a aplicar, en USO nos tememos que estamos otra vez ante promesas
electorales que por lo que parece no hay una clara voluntad de cumplir, por lo
menos en el corto plazo.
Sinceramente esperamos que lo acordado con los empleados
públicos sea abonado a la mayor brevedad posible y que no se produzca un
recorte de nuestros salarios como ya ocurrió en el pasado.