Una necesaria actualización de
las medidas de prevención en las residencias de mayores frente al coronavirus
covid-19
Las medidas de prevención de
riesgos laborales y el control frente al covid-19 en residencias de mayores han
sido actualizadas para afrontar mejor el riesgo de contagios. El Gabinete de
Salud de USO presenta estos cambios que afectan a residencias de mayores y
otros centros de servicios sociales de carácter residencial. Recordamos que
también son de aplicación algunos de los consejos de manejo domiciliario frente
al covid-19 que podéis consultar en esta entrada de PRL del sector.
Las residencias de mayores deberán mantener su
actividad. No pueden adoptar medida alguna que conlleve el cierre, reducción o
suspensión de actividades o de contratos laborales. Solo la autoridad competente
de la comunidad autónoma puede determinar que, por circunstancias concurrentes,
el mantenimiento de la actividad de un centro concreto no es imprescindible.
En los centros sociosanitarios se produce un contacto
estrecho entre cuidadores y residentes, así como una convivencia estrecha con
otros residentes. Por ello, cobran gran importancia las medidas de prevención y
control encaminadas a prevenir la infección en residencias de mayores.
Plan específico de PRL y
protocolo de actuación por coronavirus covid-19 en residencias de mayores
Los centros deben disponer de planes de contingencia
adaptados a las características de cada uno de ellos. Deben estar dirigidos a
la prevención y a la respuesta ante la eventual aparición de casos y brotes de
covid-19. Este plan incluirá, al menos:
- Un análisis detallado de las infraestructuras del centro, número de plantas, número de habitaciones y sistemas de acceso. Se incluirá la posibilidad de división del centro en áreas diferenciadas por tipos de residentes.
- Análisis detallado de las características de los residentes.
- Recursos humanos disponibles, diferenciando entre personal sanitario, no sanitario y otro personal.
- Relación detallada de los equipos de protección individual disponibles y una estimación de las necesidades en un escenario de aumento acusado del número de casos.
- Garantizar la provisión de jabón, papel y soluciones desinfectantes.
- Establecer un plan de continuidad de la actividad ante posibles bajas del personal como consecuencia de la epidemia.
Qué debe hacer un trabajador
de una residencia para mayores si presenta síntomas de covid-19
Entre las medidas para las personas trabajadoras de un
centro sociosanitario que presenten sintomatología de una posible infección respiratoria
como tos, fiebre o sensación de falta de aire, no deben acudir al centro.
Deberán permanecer en su domicilio y consultar por vía telefónica a los
servicios sanitarios/servicios de prevención/mutuas para que se realice una
valoración individualizada y se verifique la situación y, en su caso, gestionar
la incapacidad temporal (IT).
Conforme a esta indicación, nos podremos dirigir a
estas entidades colaboradoras con la empresa para la que trabajamos, si bien el
Ministerio de Sanidad ha facultado al personal médico de los servicios de
prevención para que colaboren con la gestión de la incapacidad temporal por
coronavirus.
No obstante lo anterior, el personal en situación de
baja laboral por IT por sospecha no confirmada de covid-19 que preste servicios
en residencias de mayores, para personas con discapacidad y en servicios de
ayuda a domicilio, podrá ser requerido para la realización de pruebas
diagnósticas pertinentes y, en caso de descartarse la infección y permanecer
asintomáticos, deberán reincorporarse inmediatamente a su puesto de trabajo.
Cómo distribuir a los
trabajadores en función de si hay o no pacientes afectados por coronavirus o
con sospecha de contagio
A efectos de limitar el número de posibles contactos
entre los trabajadores sanitarios del centro, según el Ministerio de Sanidad
quedará a discreción de la dirección del centro sociosanitario o residencia de
mayores la adecuación del número de profesionales implicados en el cuidado de
las personas. Se procurará minimizar el número de trabajadores en contacto con
un residente afectado por un caso posible o confirmado de covid-19, así como el
tiempo de exposición.
En los servicios de Urgencias de los hospitales,
por ejemplo, se necesitan dos facultativos para limitar estos contactos. El
personal que atiende a los residentes debe ser asignado bien a pacientes
sintomáticos o bien a residentes sin síntomas, pero no a ambos. Esta medida
debe continuar hasta que finalice el brote.
Formación en prevención del
coronavirus entre el personal sociosanitario
Por otro lado, se advierte de que es competencia de la
dirección del centro sociosanitario garantizar que los trabajadores cuentan con
la formación suficiente para el adecuado uso de los EPI y el lavado de manos.
Es obligado colocar carteles en la puerta o en la
pared fuera de la habitación del residente donde se describa claramente el tipo
de precauciones necesarias y el EPI requerido. Las recomendaciones de control
de la infección, así como los EPI que han de utilizarse, se recogen en el
“Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos
laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-CoV-2)”.
Por último, realiza una descripción pormenorizada de
cómo gestionar los residuos producidos. Además, se podrá establecer una
recogida diferenciada de las bolsas procedentes de centros o lugares donde se
dé un elevado nivel de afectados por covid-19 (residencias, hoteles
hospitalizados, etc.) mientras dure la crisis sanitaria, dado el elevado nivel
de generación de residuos asociados. Estas bolsas se identificarán
externamente; por ejemplo, mediante cinta aislante o similar, y se depositarán
conforme a lo que establezcan las autoridades responsables de la recogida de
residuos.
Cambios, por la situación de
epidemia, en las competencias de los centros residenciales
La Orden SND/275/2020 faculta a la autoridad
competente de la comunidad autónoma, en función de la situación epidémica y
asistencial de cada centro residencial o territorio concreto, y siempre
atendiendo a principios de necesidad y de proporcionalidad, a intervenir los
centros residenciales. Entre otras actuaciones, esta intervención podrá
conllevar:
- Ordenar, por motivos de salud pública justificados el alta, la baja, reubicación y traslado de los residentes a otro centro residencial de su territorio, con independencia de su carácter público o privado.
- Establecer las medidas oportunas para la puesta en marcha de nuevos centros residenciales y la modificación de la capacidad u organización de los existentes.
La Orden autoriza a las personas empleadas públicas
designadas por las comunidades autónomas para llevar a cabo las inspecciones.
Podrán realizarlas en cualquier momento, quedando autorizados para ordenar
cuantas actuaciones sean precisas para cumplir con las normas vinculadas al
control de la crisis sanitaria originada por coronavirus el covid-19.
Más información de prevención
frente al coronavirus para personal de cuidados
Si eres personal del Servicio
de Ayuda a Domicilio o estás cuidando a posibles contagiados o confirmados,
puede interesarte consultar las medidas de prevención de ese sector de cuidados.
¿Sabes qué hacer si tu empresa no te entrega los equipos de protección
individual para desempeñar tu trabajo? ¿Y a quién le
corresponde la entrega de los EPI en el caso de trabajar en una contrata?
Ante la sobrecarga de trabajo en labores como la limpieza,
conoce los riesgos laborales que se multiplican.