lunes, 25 de mayo de 2020

REANUDACIÓN DE LOS PLAZOS ADMINISTRATIVOS Y PROCESALES


Con efectos desde el 1 de junio de 2020 queda derogada la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por lo que el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.OS PROCESALES
Asimismo, con efectos desde el 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos procesales.