Constituye el
objeto de este Decreto ley el establecimiento de deberes de cautela y
protección, medidas de vigilancia y control, así como del régimen sancionador
que garantice el cumplimiento de las medidas y obligaciones contenidas en las
disposiciones o en los actos en materia de salud pública adoptados por la
autoridad estatal o autonómica como consecuencia de la COVID-19.