lunes, 15 de marzo de 2021

GRUPO DE TRABAJO DE CAMBIO DE RÉGIMEN JURÍDICO


 GRUPO DE TRABAJO DE CAMBIO DE RÉGIMEN JURÍDICO


Tras la última reunión del grupo de trabajo de cambio de régimen jurídico nos gustaría deciros que ya está todo decidido y todo acordado (aunque los acuerdos que firman los miembros de estos grupos ya hemos visto que no valen ni el papel en el que están firmados puesto que luego no se cumplen) pero por desgracia no es así y solamente os podemos informar de las sucesivas propuestas y contrapropuestas que lanzan unos y otros y que solo sirven para retrasar sine díe el acuerdo que las trabajadoras y trabajadores llevan esperando tanto tiempo. Sin más pasamos a informaros de los principales puntos tratados:

                                                                    REQUISITOS                                                                   

Ø  El puesto debe estar incluido en el anexo II del IV Convenio Único.

Ø  Estar en posesión de la titulación requerida (en caso de no poseerla se dará la posibilidad de acceder al grupo inferior, si se posee la titulación de este grupo)

Ø  Edad máxima (art. 67 del TREBEP)

Ø  Nacionalidad (art 56 del TREBEP)

Ø  Limitación en el tiempo de los procesos de cambio de régimen jurídico (2 o 3 años)

Ø  Sistema selectivo concurso-oposición.

                                                                   CONDICIONES                                                                 

Ø  No sufrir ninguna pérdida retributiva (algo que cualquier persona con dos dedos de frente ve como algo lógico, pero viendo los actores presentes en la mesa es mejor que quede claro y por escrito).

Ø  Todos los trienios consolidados se cobrarán en la cuantía del grupo de funcionarios al que se opte. Esto es así a raíz de la aprobación de los PGE de 2021 que en contra de la doctrina del Tribunal Supremo estipula en su Disposición Final segunda lo siguiente: “El devengo de los trienios se efectuará aplicando a los mismos el valor que corresponda a los del Cuerpo, Escala, plantilla o plaza con funciones análogas a las desempeñadas…”. Sorprende ver como un Gobierno progresista es capaz de recortar los derechos de las empleadas y empleados públicos tal y como ya expusimos en el siguiente artículo.

Ø  Reconversión automática del puesto de trabajo (no se conservarán derechos sobre la plaza de personal laboral).

Ø  Del temario se excluirán todos los temas coincidentes con las ofertas de empleo de personal laboral por haber superado los trabajadores/as, previamente, un proceso selectivo (solo faltaba que no fuese así).

 Desde la FAC-USO creemos que con los trienios se ha cometido el enésimo atropello y los más perjudicados, como siempre, son los que menos ganan. Por ejemplo, antes de aprobarse los PGE, el personal del grupo IV al adquirir la condición de funcionario C2, seguía percibiendo los trienios consolidados como personal laboral a razón de 391,44€/año, sin embargo, tras la aprobación de los PGE percibirán esos mismos trienios consolidados a razón de 275,96€/año.