miércoles, 9 de junio de 2021

Traspaso Competencias Costas AGE al Gobierno de Canarias.- Reunión con el Consejero de Transición Ecológica

 


REUNIÓN DE USO CON EL CONSEJERO DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA


A las 10,30 horas del día 8-6-2021 se reunieron dos representantes de FAC-USO Canarias (miembros de la Junta de Personal en Las Palmas de Gran Canaria y Santa. Cruz de Tenerife) con el Sr. Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, en las dependencias de la Consejería en Sta. Cruz de Tenerife, a fin de obtener información sobre el proceso de traspaso de funciones y servicios de la A.G.E. a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de ordenación y gestión del litoral.

 

Se le realizaron las siguientes preguntas al Sr. Consejero:

 

1.- ¿Qué competencias en materia de gestión de costas va asumir el Gobierno de Canarias? ¿Se transferirá la vigilancia del dominio público?

 

2.- ¿Se realizará transferencia de personal laboral y funcionario desde la AGE a la Comunidad Autónoma? ¿Habrá opción de elección por parte del personal que actualmente ocupa plaza en la AGE en la Demarcación y Servicio Provincial de Costas?

 

3.- ¿Se transferirán medios materiales a la Comunidad Autónoma?

 

4.- ¿Qué fecha se prevé para llevar a cabo el traspaso efectivo de competencias y en qué manera se realizará?

 

La información dada al respecto por el Sr. Consejero fue la siguiente:

 

Se traspasarán todas las competencias referidas a gestión de expedientes de concesiones por ocupación y uso del DPMT, autorizaciones de usos y ocupaciones del DPMT, expedientes sancionadores, recaudación de tasas y multas, planificación y aprobación de proyectos de obras y actuaciones en el litoral canario que no hayan sido declaradas de interés general por el Estado y vigilancia del DPMT y sus servidumbres. En las concesiones y rescate de concesiones se contará con informes previos del Estado y de la Comunidad Autónoma en los casos de interés general. Se evitará la duplicidad de funciones.

 

 

La vigilancia, dada su relación con los expedientes sancionadores y el cumplimiento de condiciones de autorizaciones y concesiones, deberá traspasarse también a la Comunidad Autónoma. Se realizará el traspaso del personal técnico y administrativo  que trabaje actualmente con las materias indicadas, quedando en la A.G.E. el personal directivo y el que gestiona los expedientes del trazado de los deslindes, como materias propias del Estado. Igualmente, el Estado seguirá emitiendo informes preceptivos en expedientes de concesiones y autorizaciones, así como lo referido a obras declaradas de interés general por el Estado.

 

Hasta el momento no se ha realizado una reunión presencial donde se debatan los detalles del traspaso, limitándose ambas Administraciones al intercambio de documentación sobre normativa al respecto y de borradores propuestos para el Acuerdo de traspaso.

 

La Consejería solicitará dotación económica en el traspaso de funciones destinada a cubrir las plazas de personal que pasen a estar bajo su responsabilidad en la RPT propia.

 

Como no se ha reunido la Comisión técnica formalmente, no se puede indicar una fecha exacta sobre el momento del traspaso de funciones y personal. La Consejería ha demandado al Ministerio una reunión específica para este tema.

 

Se han estudiado otros procesos de traspaso con otras CCAA y se han elaborado borradores de futuros Decretos que regularán el proceso, pero no hay documentos definitivos.

 

Por parte del área técnica del Ministerio parece haber alguna reticencia al traspaso de diversas áreas.

 

Hay intención de que se traspasen también medios técnicos: vehículos, expedientes físicos, software y bases de datos, etc. No ha habido contacto directo y detallado con el Ministerio sobre la forma de realizar el traslado de los expedientes de concesiones, obras  y autorizaciones.

 

El personal que se traspase de la AGE pasará directamente a la Consejería, no a la Agencia Canaria de Protección del Medio Natural.

 

Por parte de los representantes de USO se propone al Sr. Consejero que se establezca un período de transición en el proceso de traspaso, de manera que el personal de la AGE destinado en la Comunidad Autónoma pueda concursar para otras plazas de la AGE durante un período determinado de años desde la fecha del traspaso.

 

Por parte de la Consejería se facilitó a la AGE un borrador del Real Decreto propuesto para el traspaso y por parte del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico se facilitó a la Consejería un borrador del Acuerdo de Traspaso de Funciones y Servicios de la AGE a la Comunidad Autónoma de Canarias.

 

Hasta la fecha no hay un documento único formalmente aceptado por ambas Administraciones que sirva de base al Decreto de transferencias, existiendo algunas diferencias en cuanto a plazos para emitir informes, característica de los mismos en la tramitación del expediente, valoración de la carga financiera por el traspaso de funciones, forma de actuar de la Comisión Mixta de Transferencias o  la creación de una Comisión de la Demarcación Marina de Canarias para la cooperación entre ambas Administraciones.

 

El traspaso de funciones está regulado por la disposición adicional cuarta del Estatuto de Autonomía de Canarias y el Real Decreto 1358/1983 de 20 de abril, que regulan el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias, así como la forma y condiciones a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios de la A.G.E. a dicha Comunidad Autónoma.

 

Quedan pendientes detalles en los convenios de colaboración entre ambas Administraciones para la gestión  de obras de competencia compartida o en la forma de facilitar los datos de concesiones y autorizaciones en DPMT que se otorguen, así como la evolución de los sistemas actuales de tratamiento informático de datos.

 

Queda por detallar el plazo en que se efectuará el traspaso a partir de la fecha del Acuerdo de Traspaso; se deberán firmar las correspondientes actas de entrega de inmuebles, recepción de mobiliario, equipos, software, y material inventariable.

 

El personal y puestos de trabajo vacantes adscritos a los servicios que se traspasan se relacionará nominalmente, pasando el personal a depender de la Comunidad Autónoma de Canarias en los términos previstos por el Estatuto de Autonomía de Canarias y demás normas aplicables en cada caso, debiendo la A.G.E. facilitar copia certificada de los expedientes del personal traspasado y de la información de haberes del año en curso de todo el personal transferido. El MITERD deberá notificar a los interesados/as el traspaso y su nueva situación administrativa en cuanto se apruebe el Real Decreto que regula el traspaso por el Gobierno de España. Las correcciones que deban realizarse en este asunto se realizarán por medio de la Secretaría de la Comisión Mixta de Transferencias.

 

El Consejero se prestó a facilitar a la representación sindical cualquier información nueva que surja sobre el proceso de traspaso de competencias.