Orden
HFP/1273/2021, de 17 de noviembre, por la que se resuelve el concurso unitario,
convocado por Orden TFP/700/2021, de 29 de junio.
Este Ministerio, de acuerdo con el artículo 40.2 del Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, resuelve:
PRIMERO
Adjudicar los puestos de trabajo contenidos en el anexo I de esta
Orden.
SEGUNDO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Reglamento
General de Ingreso y Provisión de Puestos de Trabajo, los destinos
adjudicados tendrán la consideración de voluntarios, por lo que no generarán
derecho a indemnización por concepto alguno.
Por otra parte, y de acuerdo también con la normativa
reglamentaria mencionada, los destinos adjudicados serán irrenunciables,
salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido
otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso la persona adjudicataria
deberá comunicarlo por escrito al órgano convocante.
TERCERO
El plazo de toma de posesión del nuevo destino será de
tres días hábiles, si no implica cambio de residencia de la persona que ha
resultado adjudicataria, o de un mes si comporta cambio de residencia o el
reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del
día siguiente al del cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano
competente dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la
resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la
resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación, sin perjuicio de la
posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de situaciones administrativas de
los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.