viernes, 11 de febrero de 2022

Se condena a la Comunidad de Canarias como responsable civil subsidiario de los delitos de falsedad en documento oficial, fraude y exacciones legales y estafa, por falta de vigilancia y control del funcionario a su servicio que realizó la actividad delictiva

 


El TS condena a los acusados como responsables civiles directos a indemnizar a los perjudicados por la comisión de los delitos de falsedad en documento oficial, fraude y exacciones legales y estafa, y declara la responsabilidad subsidiaria de la Comunidad Autónoma de Canarias, por el mal funcionamiento y el escaso o nulo control de su Administración de conformidad con el art. 121 del CP.

Iustel

Son hechos declarados probados que el autor del delito se valió de su empleo en el Instituto Canario de la Vivienda, ofreciendo a los propietarios de viviendas calificadas como de Protección Oficial la posibilidad de proceder a tramitar su descalificación, reclamándoles la documentación supuestamente necesaria, y el pago de las cantidades dinerarias que defraudó. Los certificados que entregaba imitaban a los reales, por lo que la actividad delictiva se hizo creíble por desplegarse en horario laboral por persona que trabajaba en un organismo oficial competente para tramitar los expedientes y sin control eficaz de la actividad que realmente abordaba el acusado o de aquella que dejaba de desempeñar. Concluye la Sala que la Administración es responsable subsidiaria por culpa “in vigilando”, pues la actividad funcionarial está sujeta a supervisión y control disciplinario, que en este caso dejó de desarrollarse, a pesar de que el funcionario se extralimitase de la tarea encomendada para cometer la actividad delictiva.

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Sentencia 765/2021, de 13 de octubre de 2021