martes, 22 de enero de 2013

SUPRESIÓN DE LA PAGA EXTRA.- SENTENCIA



Madrid dicta la primera sentencia contra la supresión de la paga extra de los funcionarios



El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado la primera sentencia contra la supresión de la paga extra a los funcionarios que, si bien se refiere a un organismo concreto de esa comunidad, podría sentar precedente ante las diferentes demandas.

El tribunal autonómico ha condenado a la agencia de informática y comunicaciones madrileña a abonar a su personal asalariado los días devengados de la paga extraordinaria de Navidad, o cantidades equivalentes, entre el comienzo del año 2012 y la entrada en vigor --en julio pasado-- del decreto por el que se suprimieron estas pagas. En concreto, condena al abono de la suma del importe de los 14 días del mes de julio ya devengados a la entrada en vigor del decreto.

La sentencia asegura que las pagas extraordinarias son una parte del salario diferido que “se devengan día a día, aunque su vencimiento tiene lugar en determinados meses del año, y su importe debe equipararse al salario regularmente percibido por el trabajador, no constituyendo meras expectativas". Por ello entiende que los trabajadores demandantes "tienen derecho a su percepción, no pudiendo tener la norma efecto retroactivo".

Consideramos que el fallo debe hacerse extensivo a la totalidad del personal público asalariado y se debe trasladar a los cerca de tres millones de personas que desarrollan su actividad  laboral en el sector público del Estado y las administraciones autonómicas y locales.

EL BOLETÍN Nº 2







¡¡DESINFORMACIÓN!!



El pasado Domingo 30 de diciembre se publicó en el Canarias 7 un artículo sobre los ajustes en el sector público, que dada mi condición de funcionaria no me pasó inadvertido.

Voy a pasar de soslayo sobre el hecho de que el artículo hable de “privilegio” de los empleados públicos y no de “derecho” (ya de por sí bastante indignante), para centrarme en analizar el contenido del mismo.

En primer lugar, se comenta en dicho artículo que los sindicatos inciden en los efectos negativos de la reducción de los días de asuntos particulares sobre la actividad económica y el consumo. En mi modesta opinión, no se debería hablar tanto de los efectos adversos o de la utilidad que le dan los funcionarios a esos días, sino buscar la posible justificación racional de su eliminación, si es que existe alguna, que vaya más allá de los manidos objetivos de austeridad y eficiencia.

Además, el artículo en cuestión habla del proyecto de reducir los “moscosos” en el sector de la justicia de 18 a 12 días, poniendo de manifiesto la ignorancia respecto a varios puntos: en primer lugar, estos días son tan sólo aplicables a los miembros de la carrera judicial, esto es, jueces y magistrados, ya que el resto de funcionarios de los Cuerpos al Servicio de la Administración de Justicia ya han visto reducidos esos días de 9 a 3; y en segundo lugar, a la fecha del artículo ya no se trataba de un “proyecto”, al haberse publicado en el BOE del día 28 de diciembre de 2012 la ley de medidas de eficiencia presupuestaria en la Administración de Justicia, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Por último, el artículo se hace eco de una opinión acerca de la aplicación de las nuevas instrucciones sobre jornada y horarios en el ámbito sanitario, ignorando que la resolución publicada en el BOE del 29 de diciembre de 2012 no se aplica en instituciones y establecimientos sanitarios. Queda claro, por tanto, que esta opinión no fue debidamente contrastada por la periodista que suscribe el artículo, mediante la simple lectura de la resolución en cuestión.

En conclusión, se echa de menos en los medios de comunicación  lo que debiera ser la esencia del verdadero periodismo, esto es, el hecho de preguntarse acerca del por qué de las cosas con un espíritu crítico, sin limitarse a reflejar lo que dicen éstos o aquéllos con más o menos acierto y tomando tan sólo parcelas limitadas, y muchas veces equivocadas, de la realidad.
Funcionaria
Administración de Justicia

Ayuntamiento de La Laguna

CONTINUAN LAS MOVILIZACIONES


 

¡¡NI UN PASO ATRAS""

jueves, 17 de enero de 2013

FIRMADO NUEVO ACUERDO DE COLABORACIÓN

Hoy se firmó en Santa Cruz de Tenerife el acuerdo de colaboración entre
  EL HOSPITAL SANTA CATALINA Y EL HOSPITAL SANTA CRUZ
con  la FEP-USO-CANARIAS.
 
 

miércoles, 16 de enero de 2013

“Información y consulta de los trabajadores, la anticipación y gestión de las reestructuraciones”



El pasado 15 de enero, el Parlamento Europeo (PE) aprobó por amplia mayoría - 503 votos a favor, 107 en contra y 72 abstenciones - un informe sobre “Información y consulta de los trabajadores, la anticipación y gestión de las reestructuraciones” instando a la Comisión Europea a elaborar una ley para gestionar la reestructuración en Europa.

La Confederación Europea de Sindicatos (CES), de la que USO forma parte, acoge con satisfacción esta votación y exige a la Comisión Europea a actuar ya en consecuencia.
 
Al comentar el voto del PE, Judith Kirton-Darling, Secretario Confederal de la CES, dijo: "Con esta votación, una mayoría aplastante de los miembros del Parlamento Europeo han reconocido la necesidad de una acción legal europea para anticipar y gestionar mejor los cambios económicos. En los últimos tres años, por cada empleo creado, dos se perdieron. Todavía la Comisión no ha presentado una estrategia adecuada. Para la Unión Europea, el fortalecimiento del marco legal de la información y consulta de los trabajadores y sus comunidades, garantizar la formación y la educación, y proporcionar un marco de medidas de apoyo deben ser parte de esta estrategia. Después de una década de apretones de manos, es hora de que la Comisión actúe y proponga una nueva legislación".

martes, 15 de enero de 2013

lunes, 14 de enero de 2013

NUEVA SENTENCIA - AENA



EL TRIBUNAL SUPREMO NOS VUELVE A DAR  LA RAZÓN


En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha estimado el recurso interpuesto por USOCV contra la resolución de la Sala de lo Social del TSJCV que desestimaba la demanda de conflicto colectivo planteada por el sindicato y ha declarado el derecho de los trabajadores y trabajadoras de AENA en los aeropuertos de Valencia y Alicante, que trabajaron durante el día de San José de 2011 a disfrutar en compensación de una libranza equivalente a un día de asuntos propios.

La Sentencia estima que el día de San José se encuentra entre las doce posibles fiestas laborales de ámbito nacional, y añade que en el caso de que no lo fuera, las autonomías tienen derecho a sustituir dos de estas fechas por festividades tradicionales de su territorio.

Sin embargo, la sentencia también especifica que éstas seguirán teniendo el tratamiento de “fiestas de ámbito nacional”, ya que lo contrarío supondría hacer de “peor condición” a los trabajadores y trabajadoras de autonomías con fiestas tradicionales propias.

Termina considerando que AENA incumplió su convenio colectivo, que dispone que los festivos no dominicales de ámbito nacional que coincidan con sábado serán compensados, para el personal con jornada normal, con días adicionales equivalentes por asuntos propios.

Interesante sentencia que además podrá ser alegada en conflictos similares que se puedan plantear en otros ámbitos y Administraciones Públicas.