

Esta demora de la jubilación conlleva los siguientes complementos e incentivos económicos:
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El Real Decreto 486/1997, sobre condiciones mínimas de los centros de trabajo, también indica las obligaciones de la empresa en cuanto a la existencia y condiciones de los servicios higiénicos mínimos y los locales de descanso de que debe disponer en centro de trabajo. El sindicato USO te explica cuáles son.
El centro de trabajo dispondrá de agua potable en cantidad suficiente y accesible. Se evitará toda posibilidad de contaminación del agua.
En las fuentes se indicará si es o no potable, siempre que puedan existir dudas al respecto.
Existirán vestuarios cuando los trabajadores deban llevar ropa especial de trabajo y no se les pueda pedir, por razones de salud o decoro, que se cambien en otras dependencias.
Estas instalaciones que debe tener el centro de trabajo que así se determine dispondrán de asientos, armarios o taquillas individuales con llave, con la capacidad suficiente para guardar ropa y calzado. Los espacios para la ropa de trabajo y la de calle estarán separados cuando sea necesario por el estado de contaminación, suciedad o humedad de la ropa de trabajo.
Cuando los vestuarios no sean necesarios, los trabajadores deberán disponer de colgadores o armarios para colocar su ropa.
Además, los lugares de trabajo dispondrán de locales de aseo con espejos, lavabos con agua corriente, caliente si es necesario, jabón y toallas individuales u otro sistema de secado con garantías higiénicas. Dispondrán además de duchas de agua, caliente y fría, cuando se realicen trabajos sucios, contaminantes o que originen elevada sudoración. Se suministrarán a los trabajadores los medios especiales de limpieza que sean necesarios. Si los locales de aseo y los vestuarios están separados, la comunicación entre ambos deberá ser fácil.
Los lugares de trabajo dispondrán de retretes, dotados de lavabos, situados en las proximidades de los puestos de trabajo, de los locales de descanso, de los vestuarios y de los locales de aseo, cuando no estén integrados en estos últimos. Los retretes dispondrán de descarga automática de agua y papel higiénico. En los retretes que hayan de ser utilizados por mujeres se instalarán recipientes especiales y cerrados.
Las cabinas estarán provistas de una puerta con cierre interior y de una percha. Las dimensiones de los vestuarios, de los locales de aseo, así como las respectivas dotaciones de asientos, armarios o taquillas, colgadores, lavabos, duchas e inodoros, deberán permitir la utilización de estos equipos e instalaciones sin dificultades o molestias, teniendo en cuenta, en cada caso, el número de trabajadores que vayan a utilizarlos simultáneamente. Los locales, instalaciones y equipos mencionados en el apartado anterior serán de fácil acceso, adecuados a su uso y de características constructivas que faciliten su limpieza.
Los vestuarios, locales de aseos y retretes estarán separados para hombres y mujeres, o deberá preverse una utilización por separado de los mismos. No se utilizarán para usos distintos de aquellos para los que estén destinados.
Según el tipo de actividad desarrollada o el número de trabajadores, se dispondrá de un local de descanso de fácil acceso. Esto no se aplicará cuando el personal trabaje en despachos o en lugares de trabajo similares que ofrezcan posibilidades de descanso equivalentes durante las pausas.
Las dimensiones de los locales de descanso y su dotación de mesas y asientos con respaldos serán suficientes para el número de trabajadores que deban utilizarlos simultáneamente. Las trabajadoras embarazadas y madres lactantes deberán tener la posibilidad de descansar tumbadas en condiciones adecuadas.
Debes saber que los lugares de trabajo en los que el trabajo se interrumpa regular y frecuentemente, dispondrán de espacios donde los trabajadores puedan permanecer durante esas interrupciones. Cuando existan dormitorios en el lugar de trabajo, éstos deberán reunir las condiciones de seguridad y salud exigidas para los lugares de trabajo y permitir el descanso del trabajador en condiciones adecuadas.
En los trabajos al aire libre, dependiendo del tipo de actividad o número de trabajadores, se dispondrá de un local de descanso de fácil acceso. Cuando el centro de trabajo y el lugar de residencia de los trabajadores sea alejado, imposibilitando el regreso diario a la misma, los trabajadores dispondrán de locales adecuados destinados a dormitorios y comedores. Los dormitorios y comedores deberán reunir las condiciones necesarias de seguridad y salud y permitir el descanso y la alimentación de los trabajadores en condiciones adecuadas.
Todo centro de trabajo dispondrá de material para primeros auxilios en caso de accidente, que deberá ser adecuado al número de trabajadores, a los riesgos a que estén expuestos y a las facilidades de acceso al centro de asistencia médica más próximo.
La situación o distribución del material en el lugar de trabajo y las facilidades para acceder al mismo y para, en su caso, desplazarlo al lugar del accidente, deberán garantizar que la prestación de los primeros auxilios pueda realizarse con rapidez. También, todo lugar de trabajo deberá disponer de un botiquín portátil que contenga desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables.
El material de primeros auxilios deberá ser revisado periódicamente y se irá reponiendo tan pronto como caduque o sea utilizado.
Es importante recordar que los lugares de trabajo de más de 50 trabajadores deberán disponer de un local destinado a los primeros auxilios y otras posibles atenciones sanitarias. También deberán disponer del mismo los lugares de trabajo de más de 25 trabajadores para los que así lo determine la autoridad laboral, teniendo en cuenta la peligrosidad de la actividad y las posibles dificultades de acceso al centro de asistencia médica más próximo. Los locales de primeros auxilios dispondrán de botiquín, camilla y una fuente de agua potable. Estarán próximos a los puestos de trabajo y serán de fácil acceso para las camillas. El material y locales de primeros auxilios deberán estar señalizados.
Dentro de nuestro programa de formación para el dialogo social vamos a impartir los siguientes cursos, con fecha de inicio el 16 de enero:
Atención a la violencia de género para profesionales de RRHH.
Inicio: 16 de enero.
Duración: 60h.
Contratación laboral.
Inicio: 16 de enero.
Duración: 60h.
Delegado de prevención en riesgos laborales.
Inicio: 16 de enero.
Duración: 50h.
Gestión del estrés en el entorno laboral.
Inicio: 16 de enero.
Duración: 50h.
La actuación de la inspección de trabajo y seguridad social.
Inicio: 16 de enero.
Duración: 30h.
Medidas de conciliación y corresponsabilidad.
Inicio: 16 de enero.
Duración: 50h.
Prevención de riesgos psicosociales.
Inicio: 16 de enero.
Duración: 50h.
Técnicas de negociación.
Inicio: 16 de enero.
Duración: 60h.
Podeís inscribiros en : https://www.cursosfemxa.es/uso
Son plazas limitadas

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es el impuesto personal y directo que se aplica en las nóminas de todas las personas trabajadoras. Estamos obligados a pagar el IRPF mes a mes en nuestra nómina para contribuir al sostenimiento de los gastos públicos.
Su porcentaje varía en función de diferentes circunstancias personales y familiares. Se tiene en cuenta el salario bruto, la situación personal y familiar y el tipo de contrato.
Cada año, o si tu situación personal sufre algún cambio, como contar con una persona a cargo, ser familia numerosa o tener una discapacidad, debes rellenar el modelo 145 de la Agencia Tributaria, donde aparecen los datos que la empresa utiliza para calcular el IRPF de la nómina.
Con esta información, se ajustará la retención a tus circunstancias personales. Si el porcentaje es superior al que te correspondería, cuando hagas la declaración de la renta se te devolverá. En cambio, si la retención de IRPF en nómina no ha sido suficiente, tendrás que pagar.
Ten en cuenta que, en algunas ocasiones, al final de año la empresa puede hacer una regularización de tu retención de IRPF y puedes recibir menos salario neto en tu cuenta bancaria.
USO te explica una sencilla manera de comprobar si la retención del IPRF en tu nómina es el correcto. Busca Simulador IRPF 2024 y accede al enlace de la Agencia Tributaria y sigue estos pasos:
Si después de hacer este cálculo, no estás de acuerdo con la retención que te aplica tu empresa, puedes solicitar que te la modifiquen. ¿Cómo? Presenta un escrito con tu solicitud a la empresa y espera su respuesta.

El 20 de diciembre, el Ministerio de Trabajo y Economía Social publicó el borrador del anteproyecto de ley para la reforma del Estatuto de los Trabajadores y la LISOS, que aborda cuestiones clave como la reducción de la jornada semanal máxima, la desconexión digital y el registro horario.
Ciertos sectores económicos y empresariales han criticado que la reforma se haya planteado al margen del diálogo social. Sin embargo, es importante destacar que la falta de acuerdo con la patronal no debe impedir la adopción de políticas públicas para proteger los derechos laborales. Las organizaciones empresariales suelen adoptar un tono catastrofista ante avances laborales, como ha ocurrido en los últimos años con la subida del SMI y, en particular, en relación con la reducción de jornada propuesta en esta reforma, rememorando los recelos de la década de los ochenta, cuando se redujo la jornada de trabajo a las 40 horas semanales.
Aunque la Ministra de Trabajo ha excluido a sindicatos distintos de UGT y CCOO de la elaboración de normas, USO, fiel a su compromiso con la defensa de la clase trabajadora, presentó alegaciones previas en el trámite de consulta pública. Estas alegaciones incluyeron propuestas concretas para abordar problemas detectados en la práctica laboral, así como medidas destinadas a reducir las brechas de género y generacional en el empleo y las prestaciones.
El anteproyecto de reducción de jornada laboral refleja algunas de estas preocupaciones, pero omite otras que USO considera esenciales. En líneas generales, el texto, más allá de la publicidad otorgada por el Gobierno, no supone un cambio sustancial ni otorga derechos realmente ejercitables para los trabajadores, hasta que los aspectos más relevantes puedan ser desarrollados reglamentariamente. En definitiva, aunque supone un avance en derechos laborales, la necesidad de desarrollos reglamentarios posteriores y la posibilidad de modificaciones parlamentarias generan incertidumbre sobre el alcance final de las medidas.
Existe una diversidad de plazos en los que entrarán en vigor los distintos aspectos regulados en este anteproyecto. La norma queda supeditada a un posterior desarrollo reglamentario en casi todos los aspectos que abarca, a excepción del derecho a la desconexión digital y las sanciones actualizadas en la LISOS. De esta forma:

En FAC-USO seguimos comprometidos con la salud y seguridad de los trabajadores. Este mes, destacamos los temas principales del Boletín N.º 6, que ofrece información relevante sobre prevención y salud laboral:
Una de las enfermedades profesionales más comunes asociadas a los trastornos musculoesqueléticos. Este síndrome, que afecta principalmente a trabajadores que realizan movimientos repetitivos o mantenidos con la muñeca, es una de las principales causas de bajas laborales en España.
¿Sabías que…?
Más información y criterios de intervención en la publicación del INSST.
Los datos recientes del Ministerio de Sanidad son alarmantes. En 2023, se registraron 14.706 agresiones a profesionales del SNS, un aumento respecto al año anterior. Las agresiones en atención primaria cuadruplican las de áreas hospitalarias.
Desde FAC-USO instamos a las administraciones a tomar medidas urgentes para garantizar la seguridad de los trabajadores sanitarios. Si has sufrido una agresión, denuncia y contacta con tu delegado/a sindical. Estamos aquí para ayudarte.
Mantener un entorno laboral seguro y saludable es fundamental. Algunas recomendaciones clave:
Cuidarnos es cuidar a los demás.

Las movilizaciones convocadas la semana pasada por USO, junto con el resto de organizaciones sindicales, han sido determinantes para lograr un cambio.
Estas concentraciones, celebradas en toda España, demostraron la fuerza y unidad del colectivo de empleados públicos en defensa del modelo de Mutualismo Administrativo y su asistencia sanitaria.
Como resultado de esta presión, el Gobierno ha presentado una nueva licitación para el concierto de MUFACE correspondiente a los años 2025, 2026 y 2027, que incluye un aumento acumulado del 33,5% en tres años.
Esta nueva oferta incorpora una importante novedad: el cálculo de la prima en función de los tramos de edad, asegurando una mayor cobertura económica para los colectivos de mayor edad, quienes requieren más servicios sanitarios, en comparación con los más jóvenes.
Desde USO, hemos liderado este proceso con conversaciones clave con diversos Grupos Parlamentarios para expresar nuestra postura firme en defensa del modelo de Mutualismo Administrativo.
Además, hemos trasladado a la Administración nuestra preocupación por la sostenibilidad del sistema, dejando claro que no descartamos nuevas acciones si no se alcanzan acuerdos definitivos.

El sindicato USO, a través de la Secretaría de Acción Sindical y Empleo, ha presentado alegaciones al trámite de audiencia e información pública sobre el proyecto de ley de reducción de la duración máxima de la jornada de trabajo.
En ellas, el sindicato reclama que la legislación regule de forma exhaustiva los aspectos esenciales de esta reducción de jornada, dejando únicamente los detalles específicos a la negociación colectiva.
La importancia de reducir la jornada en cuanto a la flexibilidad laboral y su incidencia en su adaptación a las necesidades de conciliación y el fomento de la corresponsabilidad, es una realidad.
Estas necesidades de conciliación familiar, obligan a un mayor uso por parte de las mujeres del trabajo a tiempo parcial. Por tanto, cualquier medida encaminada a la reducción de jornada será eficaz reducir la discriminación en las condiciones de empleo.
Pero también, una limitación de la jornada máxima legal no puede tener efecto contrario para las personas que vienen disfrutando de tales medidas, en el sentido de que la reducción de la jornada mínima debe conllevar el mantenimiento del derecho de conciliación y el consecuente incremento proporcional de su salario. Por ello, USO considera necesario profundizar en los mecanismos de denuncia y vigilancia para evitar abusos por parte de los empleadores en relación con los contratos a tiempo parcial.
Así mismo, esta reducción de jornada laboral tendrá una importante incidencia en la protección de la salud de las personas trabajadoras, mejorándola, aumentando la productividad y la motivación del personal y disminuyendo la huella de carbono. En este sentido, para USO es fundamental que la reducción incida en los días efectivos de prestación de servicios, avanzando hacia un modelo de jornada laboral de cuatro días.
La regulación de la jornada máxima semanal de 37,5 horas debe ser lo más precisa posible, sobre todo en lo referente a sectores productivos donde existen jornadas especiales, generalmente extensas e irregulares, como es el caso de los servicios, la hostelería, el comercio y la agricultura.
Cualquier reforma legal en estas materias debe incluir dichas jornadas especiales. De lo contrario, no se podrán mejorar las condiciones laborales en sectores que son focos de precariedad, parcialidad y opacidad.
Además de acompañar estas medidas de incentivos u obligaciones para que las empresas que necesiten más personal debido a la reducción de la jornada máxima semanal opten por contratos estables y de calidad, es fundamental ampliar y clarificar los supuestos sancionables. Así, USO defiende incrementar las sanciones que pueda imponer la Inspección de Trabajo por incumplimientos laborales en materia de jornada y registro horario, dotándola de recursos humanos y materiales suficientes para llevar a cabo su función inspectora.

Es necesario reforzar los salarios para recuperar el poder adquisitivo perdido tras años de devaluación salarial e IPC elevados. Esta es la reivindicación del sindicato tras conocer los últimos datos del IPC, publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), que sitúan la tasa de noviembre en un 2,4 %, seis décimas más que el mes anterior. El repunte de los precios de la electricidad y los carburantes ha sido determinante en esta subida.
Por tanto, “desde USO consideramos fundamental plantear incrementos salariales ambiciosos al alza para compensar la pérdida de poder adquisitivo que genera la variación de los precios, a pesar de la moderación experimentada en los últimos meses”, reivindica Sara García, secretaria de Acción Sindical y Empleo.
“Aunque el IPC se sitúa por debajo de la variación media pactada en convenios hasta noviembre, siendo ésta del 3,05 %, la negociación colectiva debe seguir empujando los salarios, para que se consoliden, además incorporar cláusulas de revisión salarial en previsión de que el IPC real supere al previsto”, continúa.
Por otro lado, desde USO advierten de que las desigualdades regionales se siguen perpetuando. “En noviembre, seis comunidades autónomas se sitúan con una tasa del IPC superior a la media nacional: Aragón y La Rioja, con un 2,5 %; Cataluña, con un 2,6 %; Asturias, con un 2,7 %, Baleares, con un 2,8 % y Euskadi, con un 2,9 %. También se debe reforzar la negociación colectiva en el ámbito de los salarios para que dejen de existir ciudadanos de primera o de segunda”, concluye la secretaria de Acción Sindical y Empleo de USO.

Con la Navidad llegan los horarios especiales, el trabajo en festivos y las dudas sobre derechos laborales. Desde USO queremos recordarte cuáles son tus derechos durante estas fechas clave, desde la compensación por trabajar en festivo hasta la paga extra o la cesta de Navidad.
Primero de todo, debes consultar tu convenio, donde puede especificarse alguna de tus condiciones laborales si trabajas días festivos, entre las que se encuentran:
Si no recoge nada, el Estatuto de los Trabajadores dice que algunos festivos, como el 25 de diciembre y 1 de enero, son festivos no recuperables. Por eso, te los tienen que compensar con descanso.
Recuerda que los días de Navidad (25 de diciembre), Año Nuevo (1 de enero) y Reyes (6 de enero) son festivos nacionales. Sin embargo, los días 24 y 31 de diciembre se consideran días laborales. Por eso, revisa tu convenio para confirmar si es laborable o si se establece un horario especial.
La cesta de navidad es un obsequio que realiza la empresa a sus trabajadores. Algunos convenios recogen este asunto pero otros, no.
¿Qué ocurre si un año concreto la empresa decide no dar cesta?Habrá que iniciar una reclamación. Si la empresa lleva años dando cesta de Navidad, se convierte en un derecho adquirido y no se puede eliminar. El Supremo lo consideró así en una sentencia como “condición de trabajo incorporada al contrato“, tras demanda de USO, y también, en otro caso, como “condición más beneficiosa para el trabajador“, por lo que no puede eliminarse sin negociación colectiva.
Por tanto, si la empresa quiere dejar de dar ese obsequio por Navidad, están obligados a negociarlo con los representantes de las personas trabajadoras. No pueden tomar la decisión por su cuenta y sin causa o justificación del por qué de esa nueva decisión.