A
partir del 1 de enero de 2021 se igualará, por primera vez, el permiso por
nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores que podrán disfrutar de
16 semanas de prestación, convirtiendo a nuestro país en uno de los más
avanzados de nuestro entorno en cuanto a la equiparación de este permiso como
ocurre en países como Suecia, Islandia o Dinamarca.
Este proceso para igualar ambos permisos de manera progresiva viene recogido en el Real Decreto Ley de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, aprobado en marzo de 2019.
Con
la entrada en vigor de esta norma, el 1 de abril de 2019, el anteriormente
llamado permiso de paternidad pasaba de 5 a 8 semanas para el resto del
ejercicio, una duración que se aumentaba hasta las 12 semanas para todo 2020,
antes de la equiparación a 16 semanas a partir de 2021.
Un
permiso de paternidad que tiene su origen en 2007, hasta ese momento estos
progenitores sólo tenían dos días libres por nacimiento de hijo. Este permiso
se estableció en 2 semanas, periodo que estuvo vigente hasta 2017 cuando se
extendió a 4, para pasar a 5 semanas un año después.
Otras novedades
Las
16 semanas de permiso para ambos progenitores se podrán dividir de la siguiente
manera:
§ 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y
a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión
administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este
periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto
§ Las 10 semanas restantes se disfrutarán en
periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes
al parto o bien la resolución judicial o decisión administrativa en el caso de
adopción.
Además
se establecen determinados supuestos de ampliación de este plazo:
§ Ampliación en 1 semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiples.
A Ampliación en 1 semana para cada progenitor en caso de discapacidad del hijo/a.
§ Ampliación por parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a 7 días) a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas.
FUENTE: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL