Tras la última reunión de la Comisión Permanente de
Selección os resumimos los principales despropósitos perpetrados por ‘los
negociadores’. Pretenden incluir en las propias convocatorias elementos que les
libere absolutamente de tener que garantizar lo estipulado en el artículo 78.2
del RD 364/95 que permite mantenerse en el puesto una vez superada
la promoción interna, y hablan de que ‘esta cuestión pase por el ámbito de
negociación’. Desde la FAC-USO siempre
hemos creído que la negociación es el mejor camino y ese ha sido y es nuestro
espíritu, pero cuando estamos hablando de aplicar el contenido de la
normativa, en este caso un Real Decreto, no hay nada que negociar salvo que sea
para cambiar el contenido de dicho Real Decreto, y creemos que este no
sería el ámbito adecuado, a no ser que a partir de ahora la competencia para
cambiar este tipo de normativas recaiga en la Comisión Permanente de Selección
y no nos hayamos enterado. Estaremos
atentos a las bases de las convocatorias y en caso de consumar este atropello
os animamos a impugnar dichas bases, desde luego nosotros lo haremos. En fin,
más de lo mismo y de los mismos, a unos días de finalizar el mes de mayo nos
dicen que, antes de que acabe el mes, van a salir un conjunto de convocatorias
cuyos ejercicios se van a iniciar en el mes de noviembre (esperemos que todo
esto sea para este año y no pase como en otras ocasiones que se tiran más de
dos años para llevar a cabo lo firmado). En estos procesos van a simplificar
los ejercicios, reduciéndolos, aunque como ellos mismos reconocen, en algunos
casos, se puede dar la paradoja de que aumenten el número de temas superando
incluso a los del grupo superior, con lo cual habrían hecho una chapuza en toda
regla, bueno una más. Nos dicen que el personal del exterior no puede acceder a
promoción interna, algo que para cualquier organización sindical que se precie
sería inaceptable pero que las que están en la mesa aceptaran sin ninguna duda.
A continuación, os exponemos brevemente los cambios de
criterios de selección de personal público de la AGE que se pretenden llevar a
cabo teniendo en cuenta las siguientes circunstancias:
Ø
Falta de efectivos en muchos organismos de la AGE.
Ø
Envejecimiento de las plantillas de los centros de trabajo
de la AGE.
Ø
Desconocimiento por parte de los jóvenes de nuestro
país de las OEPs de la AGE.
Ø
Desajustes del sistema educativo con respecto a las
OEPs de la AGE.
Ø
En muchas convocatorias de turno libre las plazas de
A1 y A2 no se cubren, y lo mismo ocurre con la promoción interna.
Ø
Impacto de las nuevas tecnologías en el sector
público.
Teniendo en cuenta esto se presenta un calendario de
procesos selectivos:
Ø
Concreción de procesos de 2019 en las próximas
semanas.
Ø
Procesos de estabilización:
o
Los de cuerpos generales irán acompasados a las
convocatorias del 2019, salvo para C1 y para C2 que se estará a lo indicado en
el apartado siguiente.
o
Sobre la OEP 2020, se van a convocar los procesos
selectivos de C1 y C2. Los procesos de estabilización irán paralelos a estas
convocatorias.
Ø
Simplificación de los procesos:
o
Para C1 y C2 se pasará de dos pruebas a un solo examen.
o
Para el A2 se pasará de tres ejercicios a dos.
Antes
de finalizar el mes de mayo, se va a publicar el conjunto de convocatorias que
dependen de la Comisión Permanente de Selección y en el mes de noviembre darán
comienzo los ejercicios selectivos de las convocatorias que se publiquen en las próximas
semanas, las convocatorias a las que nos referimos son:
Ø Las
plazas pendientes de la Oferta de 2019 que son:
o
Las plazas de Cuerpo de Gestión de la Administración
Civil del Estado (781 plazas).
o
Las de Cuerpos
TIC de los subgrupos A2 (280 plazas) y C1 (460 plazas).
o
Las de Auxiliares y Administrativos de la oferta de
2019, ya se recogieron en las últimas convocatorias unidas a las de la Oferta
de 2018.
Ø
Las plazas comprometidas de la Oferta libre de 2020 de
los Cuerpos Generales C2 (650 plazas) y C1 (850 plazas).
Ø
La promoción interna pendiente de 2019 y las convocatorias
de estabilización. En ambos casos referido a personal funcionario de los
Cuerpos Generales A2, C1 y C2.
Promoción cruzada del personal laboral a funcionario
Ø Queda
excluido el personal laboral del exterior, algo inaceptable para la FAC-USO
pero que parece que al resto de organizaciones sindicales les importa poco y se
limitan a decir que mantendrán su ‘beligerancia’ al respecto, algo que no nos
cabe duda de que así será (nótese la ironía) como ya hemos visto en otras
ocasiones en las que han firmado acuerdos sin ninguna garantía de que se
cumplan y, por desgracia para las trabajadoras y trabajadores de la AGE, lo
seguirán haciendo.
Ø El
personal del Anexo II podrá participar en estos procesos con la siguiente
equivalencia:
o E1
y G4 de personal laboral podrán pasar a C2 de funcionarios.
o G3
a C1
o G2
a A2
o G1
a A1
NOTA IMPORTANTE
La
Subdirectora General de Gestión de Procedimientos de Personal informa
que quiere
incluir en las propias convocatorias elementos que les libere absolutamente de
tener que garantizar, en todos los casos, lo estipulado en el artículo 78.2
del RD 364/95 que permite mantenerse en el puesto una vez superada la promoción
interna.