Como
consecuencia de la aprobación de las Resoluciones de la CECIR se ha procedido a
implementar las nuevas tablas salariales del IV CUAGE y al abono de los atrasos
debidos.
PERSONAL QUE OCUPA PUESTOS AFECTADOS POR
LOS ACUERDOS DE ENCUADRAMIENTO
Ø Para el personal que no haya cambiado de puesto o de
régimen jurídico desde la fecha de las diversas resoluciones hasta el día de hoy,
se procede a abonar los atrasos que les correspondan desde el 1 de enero de
2019, en la nómina del mes de mayo.
Ø Para el personal encuadrado que haya ocupado puestos y que
han causado baja en la nómina de personal laboral del Departamento (por
jubilación, promoción horizontal a personal funcionario, excedencia,) se
procederá a su abono en la nómina del mes de junio, a la cuenta que figuraba en
su última nómina.
Ø En las bajas producidas por fallecimiento deberán
solicitar el pago, sus herederos legales, ya que su nómina quedará retenida en
la Pagaduría de Haberes.
PERSONAL QUE OCUPA PUESTOS NO AFECTADOS POR LOS
ACUERDOS DE ENCUADRAMIENTO
Ø Con relación a este colectivo, se
sigue trabajando para encuadrar a todos los trabajadores que ocupan un puesto
en la RPT de personal laboral no encuadrados por diversas razones o porque han
ocupado puesto con posterioridad a noviembre de 2018.
Ø
Queda
pendiente de reclasificar a los trabajadores que no ocupan puesto (contratos
eventuales o por obra o servicio, en excedencia o de suspensión) y los puestos
vacantes. Una vez se concluya y se apruebe el encuadramiento de estos puestos
por la CECIR, se realizarán las gestiones oportunas para el correspondiente
abono de los atrasos. |