El tribunal aborda el
caso planteado por una enfermera que había sido seleccionada de la bolsa de
trabajo y había sido nombrada para una sustitución en un hospital de Santiago,
pero no empezó a desempeñar sus funciones al encontrarse en situación de riesgo
por embarazo
La
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la
nulidad de una resolución de la Dirección Provincial de Álava de la Tesorería
General de la Seguridad Social, dictada el 13 de enero de 2014, que anuló el
alta laboral de una enfermera que, pese a que había sido contratada para una
interinidad, no pudo incorporarse por encontrarse en situación de riesgo por
embarazo, al considerar que supone una discriminación por razón de sexo que
lesiona el artículo 14 de la Constitución.














