lunes, 13 de abril de 2020

Principales cambios en el estado de alarma a partir de hoy, lunes 13 de abril.


Con el fin del permiso retribuido recuperable, concluye el parón de toda actividad económica no esencial decretado el pasado 29 de marzo, pero no finaliza el estado de alarma. A partir de este lunes miles de empleados volverán a sus puestos de trabajo en los que se tendrán que incorporar las recomendaciones de la guía de buenas prácticas en centros de trabajo para prevenir contagios por el coronavirus publicada por el Gobierno.
¿Quién debe acudir a trabajar?
Los empleados de actividades no esenciales que no puedan teletrabajar se reincorporan a sus centros de trabajo en las mismas condiciones que se recogieron en el Real Decreto sobre la proclamación del estado de alarma del pasado 14 de marzo. Es decir, se mantiene el cierre de todos los establecimientos excepto tiendas de alimentación, supermercados, farmacias, ópticas, productos ortopédicos, productos higiénicos, estancos, tintorerías, tiendas de animales y equipos tecnológicos y de telecomunicaciones. Pueden reincorporarse sectores como la construcción y la industria.

Medidas para la prevención de contagios del COVID-19


domingo, 12 de abril de 2020

Acuerdos en vigor IV Convenio Único Personal Laboral AGE



El INAP pone a disposición del conjunto del sistema de formación para el empleo de las Administraciones Públicas




El INAP pone a disposición del conjunto del sistema de formación para el empleo de las Administraciones públicas un espacio en su web que facilita el acceso a diferentes recursos de aprendizaje EN ABIERTO para el aprendizaje permanente, especialmente destinados a quienes trabajan en el sector público o se interesan por la administración pública.

sábado, 11 de abril de 2020

USO solicita a Seguridad Social que la muerte por covid-19 también se considere accidente laboral


La convalecencia o cuarentena por el coronavirus está asimilada a accidente de trabajo, pero no el fallecimiento
El sindicato USO ha registrado en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones un escrito por el cual solicitamos y argumentamos la consideración de la muerte por coronavirus covid-19 como accidente laboral.
“Una de las primeras medidas que tomó el Gobierno con respecto al contagio o posibilidad de contagio por coronavirus fue asimilar su cuidado o aislamiento a la baja laboral. Aunque en un principio lo consideró contingencias comunes, en el Real Decreto-ley de 10 de marzo ya lo asimilaba a accidente de trabajo. Esto tiene implicaciones en materia de prestaciones por la incapacidad temporal que la legislación considera ‘excepcionales’. Paradójicamente, esa cobertura no se extiende en caso de fallecimiento y este es considerado por causa de enfermedad común”, expone Sara García, secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral de USO.

FAC-USO solicita incluir a todo el personal con posibilidades de contagio, ser considerados con "EXPOSICIÓN DE RIESGO"


En concreto nos referimos al actual personal compuesto por Personal del ambito sanitario y socio sanitario, por ejemplo:
  • Acompañantes para traslados.
  • Celadores, camilleros, trabajadores de limpieza.
  • Personal de laboratorio responsable de las pruebas de diagnóstico virológico.
  • Personal no sanitario que tenga contacto con material sanitario, fómites o desechos posiblemente contaminados.
  • Ayuda a domicilio de contactos asintomáticos.

viernes, 10 de abril de 2020

Trabajo le comunica a USO que retira la declaración jurada para acceder a interinidad en el SEPE


El acceso de los interinos al refuerzo de plantilla del SEPE seguirá el mismo proceso y orden que de forma habitual
El Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, ha contactado con el secretario general de USO para comunicarle al sindicato que ha retirado el formulario de declaración jurada que debían rellenar los aspirantes a cubrir las vacantes del SEPE.
USO, a través de su Federación de Atención a la Ciudadanía, había registrado sendos escritos a los ministerios de Trabajo y Economía Social, y de Igualdad, además de al propio SEPE, exigiendo la eliminación de ese requisito discriminatorio para acceder al refuerzo de plantilla del SEPE con motivo de la sobrecarga debida al coronavirus.

El Gobierno aprueba una norma que permite el control por geolocalización


La Orden SND/297/2020, de 27 de marzo, encomienda el desarrollo de una aplicación informática para apoyar la gestión de la crisis sanitaria y que incluye la geolocalización del usuario
El Gobierno ha aprobado la Orden SND/297/2020, de 27 de marzo, por la que se encomienda a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el desarrollo de diversas actuaciones para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19. Tiene efectos desde el 28 de marzo de 2020, tras su publicación en el BOE.
De esta Orden, destacamos dos artículos fundamentales: el primero, que se centra en el ámbito sanitario y que se limita a ordenar el desarrollo de una aplicación informática para el apoyo en la gestión de la crisis sanitaria y la geolocalización del usuario; y el segundo, en el que se permite el análisis de la movilidad de las personas en los días previos y durante el confinamiento respetando la normativa europea y española en lo que respecta al tratamiento de datos personales.

lunes, 6 de abril de 2020

Coronavirus: regulación excepcional de reducción de jornada por cuidar a menores y dependientes


Medidas reguladas por decreto para la reducción de jornada por el deber de cuidados durante la crisis del coronavirus covid-19
El Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros el 17 de marzo sobre medidas urgentes para aplicar durante la crisis por el coronavirus incluye cambios laborales que tendrán vigencia únicamente durante la situación extraordinaria. Es importante reseñar que el decreto no vincula el período de vigencia al estado de alarma, sino a un período de tiempo más indeterminado, como es la situación extraordinaria derivada de la crisis sanitaria por el coronavirus covid-19. En USO entendemos que será necesario precisar el inicio y vincular el fin a un hecho concreto. El deber de cuidado, por ejemplo, ya se había visto afectado cuando se ordenó el cese de las clases, antes del inicio del estado de alarma.

CORONAVIRUS - Información para la ciudadanía


Esta información está en continua revisión.

Prevención de riesgos laborales y protocolos ante coronavirus covid-19 en residencias de mayores


Una necesaria actualización de las medidas de prevención en las residencias de mayores frente al coronavirus covid-19
Las medidas de prevención de riesgos laborales y el control frente al covid-19 en residencias de mayores han sido actualizadas para afrontar mejor el riesgo de contagios. El Gabinete de Salud de USO presenta estos cambios que afectan a residencias de mayores y otros centros de servicios sociales de carácter residencial. Recordamos que también son de aplicación algunos de los consejos de manejo domiciliario frente al covid-19 que podéis consultar en esta entrada de PRL del sector.
Las residencias de mayores deberán mantener su actividad. No pueden adoptar medida alguna que conlleve el cierre, reducción o suspensión de actividades o de contratos laborales. Solo la autoridad competente de la comunidad autónoma puede determinar que, por circunstancias concurrentes, el mantenimiento de la actividad de un centro concreto no es imprescindible.

sábado, 4 de abril de 2020

Prevención frente al coronavirus covid-19 por el personal del Servicio de Ayuda a Domicilio


El Servicio de Ayuda a Domicilio, en primera línea de cuidados y de posibles contagios por coronavirus covid-19
El personal que presta el Servicio de Ayuda a Domicilio se encuentra en primera línea de cuidados de personas dependientes. Por eso, y a pesar de que no fueron incluidos entre las actividades con mayor exposición al riesgo de contagio por coronavirus covid-19, es necesario que cuenten con medidas de protección especiales por el contacto directo con usuarios que podrían estar contagiados y que componen, además, la población de mayor riesgo.
Recomendaciones de prevención para las personas responsables de cuidados a dependientes
Respecto a las recomendaciones preventivas para las personas que son responsables de los cuidados de estos dependientes vulnerables, se estipulan las siguientes: